¿En qué consiste?

La escritura de matrimonio es el proceso mediante el cual dos personas, ya sea del mismo o diferente sexo, se unen en matrimonio frente a un Notario, expresando su consentimiento de manera libre y voluntaria.

Después de firmarse ante el Notario, la escritura de matrimonio debe ser registrada en el Registro Civil.

El expediente matrimonial debe tramitarse en la localidad de empadronamiento de uno de los contrayentes y la notaría le asignará el colegio notarial de la zona por turno rotativo.

Por otro lado, la celebración del matrimonio puede ser tramitada por cualquier notario competente en el lugar donde se lleve a cabo la boda. Esto significa que un notario de Murcia no puede celebrar un matrimonio en Albacete.

Documentación necesaria

  • Documento nacional de identidad, pasaporte, N.I.E o certificado de empadronamiento actualizado.

  • Certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil del lugar de nacimiento en el último año.

  • Certificado de empadronamiento vigente en el lugar de residencia durante los últimos dos años (con una validez de tres meses desde la emisión); o certificado consular si se ha residido en el extranjero.

  • Testimonio judicial (acta de autorización matrimonial) si es necesario.

  • Elección de, como mínimo, dos testigos y aportar sus documentos de identidad.

  • En caso de matrimonio anterior, certificado del matrimonio anterior con anotación de divorcio o nulidad, o certificado de defunción si es viudo/a. Para extranjeros, certificado de capacidad matrimonial o soltería según la legislación de su país.

¿En qué situaciones se puede utilizar este servicio?

  • Cuando ambas partes son mayores de edad o tienen al menos 16 años y están emancipadas.

  • Cuando se cumplen los requisitos legales para contraer matrimonio civil según la legislación del país.

  • Cuando ambas partes están de acuerdo en casarse y están dispuestas a prestar su consentimiento de manera libre y voluntaria.

  • Cuando se pueden proporcionar dos testigos mayores de edad que puedan firmar el acta de la boda como testigos presenciales del matrimonio.